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Despenalización del Aborto

Publicado: 2015-01-09

Decidí consultar con la abogada Pilar de la Torre miembro de la ONG Manuela Ramos sobre algunas interrogantes que hay con la famosa “Píldora del día siguiente”, que ya no se distribuye gratuitamente para las mujeres de escasos recursos en el Perú. 


Entrevista pasada, pero vigente en lo que el tema respecta. 


La decisión del Tribunal Constitucional (TC) de prohibir el uso de la 'píldora del día siguiente' en hospitales públicos de Perú fue calificada de discriminatoria? ¿Qué opinión le merece y que medidas tomo Manuela Ramos al respecto?
Coincidimos en que se trato de una medida discriminatoria pues afecto a las mujeres más pobres de nuestro país. Consideramos que esta decisión del Tribunal Constitucional daño gravemente el ejercicio de los derechos humanos de las mujeres, como el derecho a la salud, al libre desarrollo de su personalidad, a la libertad para decidir cuándo y cuántos hijas/os tener, entre otros. Desde Manuela Ramos hemos mostrado nuestro enérgico rechazo a tal sentencia y junto a otras organizaciones estaremos evaluando las medidas para recurrir a instancias supranacionales de protección de los derechos humanos.
¿La paradoja es que la píldora sí se podrá seguir adquiriendo en farmacias privadas? ¿Cree que esto causará un incremento de embarazos en el Perú pues será difícil de adquirir para la clase baja?
Efectivamente, aquellas mujeres que cuenten con recursos económicos podrán seguir adquiriendo el anticonceptivo oral de emergencia (AOE) en farmacias. Sin embargo para aquellas otras de bajos recursos o que cuenten con escasa educación e información les resultará sencillamente imposible adquirirlas, ocasionando de esta manera que miles de mujeres continúen con embarazos no deseados, recurran a abortos clandestinos y se vean obligadas a asumir las consecuencias de los mismos.
Para frenar el aborto en el Perú en caso de violación o de embarazos no deseados se necesita la píldora del día siguiente?
La AOE es un método de emergencia y de suma importancia para prevenir embarazos no deseados, en casos de relaciones sexuales sin protección o cuando falla alguno de los métodos adoptados y sin duda, en casos de violaciones sexuales. Su uso reduciría la ocurrencia de abortos que resulten de la interrupción de embarazos, además de contribuir en la reducción de la mortalidad materna, que en nuestro país es tan alta.
¿Qué pasa cuando una mujer aborta en el Perú? ¿sufre algún tipo de condena?
Según nuestra legislación actual, la mujer que interrumpe su embarazo puede recibir una sanción de dos años o prestación de servicio comunitario (de 152 a 104 jornadas) en caso su embarazo sea producto de una violación o inseminación artificial no consentida o cuando el ser en formación con lleve graves malformaciones la pena máxima es de tres meses. El único tipo de aborto que no está sancionado es el aborto terapéutico (cuando está en peligro la vida o la salud de la mujer).
¿Salió una columna en un periódico conocido donde se hacia la pregunta de cuál vida vale más la de la madre o el hijo?


Esta y otras interrogantes salieron a raíz del debate que se generó sobre la propuesta de despenalización del aborto discutida al interior de la Comisión Especial Revisora del Código Penal, no se trata de valores de una vida por otra se trata de priorizar principios y derechos.

En esa línea recogiendo la experiencia jurídica de diversos países de la región andina frente a un conflicto de derechos se tiene que hacer una ponderación de los mismos. La vida no tiene un valor de carácter absoluto pues debe ser ponderada con otros valores, principios y derechos.

¿Desea aumentar algo mas respecto al tema?
Es necesario que las mujeres de nuestro país contemos con educación en salud sexual y reproductiva, tengamos las posibilidades reales de acceder a servicios de planificación familiar, concretamente con métodos anticonceptivos, no perdiendo de vista que la falta de atención en nuestros derechos sexuales reproductivos por parte del Estado limita de manera significativa las oportunidades y el ejercicio de otros derechos fundamentales.

Escrito por

Elvis Baylón

Periodista y padre de familia. Sígueme en @SinLapis


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